Dentro de la circular nº 30, se establece un número máximo y mínimo que los cursos pueden tener dentro de una institución educativa. El mínimo es 1 estudiante y el máximo es 45. Si por alguna razón el establecimiento desea matricular a un estudiante nº 46, debe solicitar autorización a la superintendencia para poder inscribir al estudiante. A este estudiante se le llama "Estudiante excedente". Debe ser registrado en el registro de matrículas y también se debe considerar que su presencia no debe ser incluida en el cálculo de asistencia y subsidios. En este artículo te mostraré cómo agregar ese registro en Lirmi.
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Matricula: ¿ Cómo registrar los estudiantes excedentes?
Nota: Desde la ficha del estudiante se puede quitar la calidad de estudiante excedente.
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